Düsseldorf, Alemania, 15 de marzo de 1922. Realizó sus
estudios universitarios en Bonn, donde fue discípulo de Erich Rothacker y
condiscípulo de Jürgen Habermas, con quien ha seguido trabajando de manera
permanente. Hizo la formación pedagógica en Maguncia, con Gerhard Funke. Ha
sido profesor en las universidades de Kiel, Saarbrücken y Francfort, en la que
es actualmente profesor emérito.
El pensamiento de Apel está influido por
fuentes diversas: la hermenéutica de la línea de Dilthey (a través de su maestro
Rothacker) y la de Heidegger; la fenomenología de Husserl, la filosofía
lingüística de Peirce, Wittgenstein, Austin, Searle y otros; la Escuela de Francfort, la Escuela de Erlangen,
Theodor Litt, Max Weber, Popper, Kohlberg, y algunos clásicos como Leibniz,
Hegel, y fundamentalmente Kant. Sus investigaciones recorren también diferentes
campos como la filosofía del lenguaje o la teoría de la racionalidad, aunque
han ido orientándose cada vez más hacia el área de la ética.
Apel
desarrolla lo que él denomina una "pragmática trascendental del
lenguaje", en la que intenta ser una mediación entre la filosofía
trascendental kantiana y ciertos logros de la filosofía analítica
correspondientes al "giro lingüístico" (o sea el desplazamiento del
"paradigma de la conciencia" en favor del "paradigma del
lenguaje"). Dicha mediación adquiere el carácter de una
"transformación de la filosofía": se investigan –como quería y
enseñaba Kant– las condiciones trascendentales de posibilidad y validez; pero
no se las busca meramente en estructuras concienciales –a las que se había
limitado el trascendentalismo kantiano–, sino sobre todo en el lenguaje.
La
idea dominante es que, para asegurar la validez objetiva, entendida como intersubjetividad, es preciso superar el "solipsismo metódico"
característico de la filosofía que se extiende entre Descartes y Husserl. Con
tal superación se vincula también el imprescindible pasaje de una concepción monológica de la razón a otra dialógica. A partir de la tridimensionalidad
lingüística descubierta por Peirce y desarrollada luego (como tríada
semántica-sintaxis-pragmática) en la semiótica de Morris y Carnap, pone Apel
especialmente de relieve la pragmática, es decir la dimensión
correspondiente a la relación del signo lingüístico con sus usuarios o
intérpretes. Pero no la concibe en el sentido empírico en que con preferencia
se refería a ella la filosofia analítica de corte positivista, sino en un
sentido trascendental. Sostiene, en otros términos, que es
justamente allí donde deben buscarse las "condiciones de posibilidad"
de todo conocimiento lingüísticamente formulado.
En
ese marco establece también una "ética de la comunicación" o
"ética del discurso", en que se hace posible una "fundamentación
última" de lo moral, entendida como explicitación de principios irrebasablemente válidos para todo
argumentante, ya que pueden "reconstruirse" mediante "reflexión
trascendental" sobre las condiciones de posibilidad de la argumentación.
Se trata de explicitar lo que está necesariamente presupuesto en todo acto de argumentar y, por
tanto, no puede ser cuestionado argumentativamente. Entre tales presupuestos se
encuentra el de una "comunidad ideal de argumentación" (conjunto de
condiciones ideales en las cuales el diálogo entre argumentantes siempre
conduciría al consenso). Dado que la argumentación es una forma de
comunicación, resulta que también está implícita una "comunidad ideal de
comunicación". Cualquier cuestionamiento de estos presupuestos equivale a
la comisión de una "autocontradicción performativa" (es decir, una
contradicción entre el contenido semántico de lo que se dice y lo que está
necesariamente presupuesto en el acto de decirlo). Se llega a una
"fundamentación última" cuando lo reflexivamente
fundamentado no puede negarse ni cuestionarse sin autocontradicción
performativa ni fundamentarse a su vez deductivamente
sin petitio principii (o
"círculo lógico").
En
tal sentido, la fundamentación última de la ética consiste en hacer explícita
la "norma básica" (necesariamente presupuesta en toda argumentación)
según la cual todo conflicto de intereses debe procurar resolverse, no por
medio de violencia, sino por medio de argumentos y del consenso que éstos
permitan alcanzar. El diálogo en que se emplean tales argumentos se denomina "discurso
práctico", y en él han de tenerse en cuenta no sólo los intereses de los participantes, sino
también los de todos los posibles afectados
por las consecuencias de las acciones consensuadas. La norma básica
representa, así, un principio
procedimental para legitimar normas situacionales
concretas. Mientras la "norma básica" es a priori y tiene por tanto validez universal, las "normas
situacionales" son contingentes, con validez restringida a una situación
determinada.
Esta
propuesta de fundamentación es denominada por Apel "parte A" de la
ética, advirtiendo que hay en ella dos niveles, correspondientes
respectivamente a la "norma básica" y al "discurso
práctico". A partir de aquí se plantea otro problema: el de las condiciones históricas de aplicación de la "norma
básica", ya que no siempre es posible aplicar efectivamente dicha norma.
Esta dificultad es tematizada como "parte B" de la ética, donde se
sostiene que cada persona individual y cada institución, cada país, etc.,
constituyen "sistemas de autoafirmación" que imponen determinadas responsabilidades al agente moral. Éste puede verse
obligado, en ocasiones, a violar la "norma básica", recurriendo a
manejos estratégicos en lugar de buscar el consenso. La "parte B" se
estructura entonces como una "ética de la responsabilidad". La ética
del discurso tiene que contemplar los límites que las condiciones históricas
imponen a la observancia de la norma básica. Hay un evidente conflicto entre el
respeto del principio reconocido y la responsabilidad asumida, o sea, entre la
"parte A" y la "parte B" de la ética. Para resolverlo, esta
última tiene que incluir un "principio de complementación" que
permita tener en cuenta la responsabilidad frente al propio sistema de
autoafirmación sin renunciar al reconocimiento de la validez de lo exigido por
la norma básica. Dicho principio establece la obligación de procurar la
realización "a largo plazo" de la "comunidad ideal de
comunicación", es decir, de ir posibilitando un acortamiento de la distancia
entre ésta y la "comunidad real de comunicación". En otros términos:
se trata de adoptar una línea de comportamiento –por ejemplo, mediante la
contribución a institucionalizar los "discursos prácticos"– que acerque las "condiciones
contrafácticamente anticipadas" en la norma básica a las condiciones
fácticas determinadas por la situación histórica concreta. Dicho principio
puede formularse, muy resumidamente, como exigencia de minimizar la acción
estratégica y de maximizar en cambio la acción consensual-comunicativa, o sea,
como admisión de recursos estratégicos que no sobrepasen lo necesario (y que muestren tendencia a
disminuir), siempre que vayan asociados al esfuerzo por lograr tanta formación
efectiva de consenso como sea posible.
Bibliografía:
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Una ética de la responsabilidad
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Penser avec Habermas contre Habermas, 1990.
Teoría de la verdad
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Etica comunicativa y democracia (coed.), 1991.
Semiótica filosófica,
1994.
Discurso y realidad. En debate con K.
-0. Apel (con otros autores), 1994.
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